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Cobros de IRPF 2026: DGI confirmó cuándo emitirá los pagos de las próximas personas que reciban una devolución

·Ismael Suárez
Fachada del edificio sede de la Direccion General de Impositiva, DGI, sobre la Av. Fernandez Crespo, en el barrio Cordon de la ciudad de Montevideo, ND 20250729, foto Ignacio Sanchez - Archivo El Pais

Fachada del edificio sede de la Direccion General de Impositiva, DGI, sobre la Av. Fernandez Crespo, en el barrio Cordon de la ciudad de Montevideo, ND 20250729, foto Ignacio Sanchez - Archivo El Pais · Imagen: El País · Ver original

La Dirección General Impositiva (DGI) se encuentra en plena campaña de IRPF 2026, habiéndose habilitado ya el trámite de la declaración jurada para las personas obligadas a presentar el documento con sus ingresos correspondientes al año 2025. En base a los datos declarados por el ejercicio del año pasado, los contribuyentes descubrirán si deben pagarle al Estado o si les corresponde cobrar una devolución de IRPF.

Las próximas personas que cobrarán una devolución son precisamente a las que les toque un crédito a favor con origen de su declaración jurada, y las fechas de cobro de ese crédito varían en función de la fecha en la que se cumpla con esa obligación tributaria ante la DGI.

La devolución de IRPF con origen en la declaración jurada se puede cobrar a partir del 28 de julio. Los cobros se pueden efectuar mediante bancos o redes de cobranza, siempre y cuando el documento se haya presentado antes del 15 de este mes. DGI indica que, en caso de que se presenten después del 15 de julio, esos contribuyentes cobrarán en el mes de agosto.

Para consultar el monto y el estado de la devolución, los usuarios deben ingresar con identidad digital al servicio en línea de DGI "consulta de devoluciones". También se puede consultar a través del WhatsApp al 098134400 o la app de DGI.

DGI compartió en su página web cuáles son los pasos a dar para presentar una declaración jurada de IRPF en 2026:

DGI también compartió un video con un tutorial para presentar la declaración jurada en línea:

La DGI especificó a través de una comunicación oficial que las personas que tienen que presentar declaración jurada de IRPF son los trabajadores dependientes que se encuentran en las siguientes situaciones:

La entidad tributaria indica que la categoría de multi ingreso también incluye a los trabajadores de la construcción, salud y educación, entre otros.

Si estos contribuyentes optan por declarar de forma individual, el formulario a presentar es el 1102. De hacer la declaración como núcleo familiar, corresponde presentar con el formulario 1103.

En cuanto a los trabajadores independientes, la DGI informó que deberán presentar la declaración jurada de IRPF los trabajadores profesionales y no profesionales que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el año 2025 y no hayan tributado IRAE por esas rentas. A estas personas les corresponde presentar el formulario 1102 si declaran de forma individual, y el formulario 1103 si declaran como núcleo familiar.

La DGI agrega que también deberán presentar el formulario 1302 para declarar el IVA servicios personales, salvo que en su declaración del IRPF no hayan declarado este tipo de rentas.

La página web de la DGI detalla quiénes son las personas que pueden cobrar este crédito, sea de forma automática o presentando una declaración jurada.

Las devoluciones automáticas provienen del ajuste anual del impuesto que realizan los empleadores en diciembre de cada año (en este caso, diciembre 2025). En caso de corresponder, los créditos retenidos en exceso son comunicados a DGI y se devuelven sin realizar ningún trámite. Las devoluciones automáticas aplican exclusivamente a quienes hayan percibido durante el año ingresos de un único empleador y se encontraban trabajando en el mes de diciembre, explica DGI. No le corresponde a quienes hayan optado por la reducción de retenciones de IRPF por núcleo familiar, añade la entidad tributaria.

En tanto, las devoluciones con origen de declaración jurada se pueden cobrar luego de realizar el trámite ante la DGI y esperar a que el organismo estatal efectúe los controles correspondientes. Pueden tener crédito de IRPF los trabajadores dependientes, independientes y contribuyentes por rentas de capital, según DGI, que además indica que para acceder a devoluciones originadas en créditos por arrendamiento o por la deducción de cuotas de préstamos hipotecarios se deberá presentar declaración jurada.

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