Proyecto de ley propone dar hasta dos jornales pagos al mes para quienes construyan su vivienda social, ¿cómo funciona?

Ley. Bajo el régimen de vivienda promovida Montevideo ha concentrado la inversión con más de 1.270 proyectos activos en un total de 1.935. · Imagen: El País · Ver original
Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Representantes por 45 legisladores de los partidos Frente Amplio y Nacional plantea crear un régimen de flexibilización laboral para trabajadores del sector público y privado que participen en programas de vivienda de interés social, con el objetivo de que puedan cumplir con las tareas exigidas por esos planes sin poner en riesgo su empleo ni sus ingresos.
La iniciativa, que actualmente se encuentra a estudio de la Comisión de Legislación del Trabajo y Seguridad Social, declara de interés general la promoción de la participación laboral en programas de vivienda de ayuda mutua, autoconstrucción y participación social, y establece un sistema de licencias remuneradas para quienes integren este tipo de proyectos.
El texto dispone que los trabajadores dependientes, tanto públicos como privados, podrán acceder a un mínimo de dos jornales mensuales remunerados para participar en las actividades exigidas por los programas de vivienda, siempre que la ausencia “no afecte sustancialmente la organización del servicio o actividad”. Además, prevé un jornal adicional para mujeres jefas de hogar con hijos de entre 0 y 3 años o con personas con discapacidad a cargo.
La propuesta alcanza a los programas ejecutados o promovidos por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT), la Agencia Nacional de Vivienda (ANV), Mevir y el resto de los organismos que integran el Sistema Público de Vivienda “bajo modalidades de ayuda mutua, autoconstrucción o participación social directa y activa de los beneficiarios”.
El proyecto también contempla límites para compatibilizar el beneficio con la organización de las empresas. En ese sentido, establece que los empleadores con más de cinco trabajadores podrán restringir el acceso simultáneo al régimen al 20% de su plantilla, mientras que aquellos con hasta cinco empleados podrán limitarlo a una persona a la vez.
Para acceder al beneficio, el trabajador deberá acreditar que es titular o cotitular del programa habitacional mediante una constancia mensual emitida por la entidad ejecutora que certifique su participación efectiva. Además, el beneficio solo podrá ser utilizado por un integrante de cada núcleo familiar y exigirá una antigüedad laboral mínima de 12 meses.
El régimen tendrá una duración máxima de 12 meses durante la ejecución de la obra, con posibilidad de una única prórroga de hasta tres meses adicionales, siempre que continúe el programa y que ello no afecte sustancialmente la actividad del empleador. Asimismo, solo podrá utilizarse una vez por cada participante.
Otro de los aspectos previstos es que los jornales concedidos serán considerados tiempo efectivamente trabajado. En consecuencia, el proyecto dispone que esos días serán remunerados y “no afectarán salario, presentismos, primas, incentivos o cualquier otro beneficio derivado del rubro ni de la relación laboral”.
La iniciativa incorpora además la figura del colaborador. Cada titular o cotitular podrá designar a un familiar, con determinados grados de parentesco, para colaborar en la construcción. Ese colaborador también podrá acceder a un jornal remunerado mensual durante un máximo de 12 meses, sin posibilidad de prórroga, siempre que cumpla los requisitos de antigüedad laboral y acreditación establecidos en el proyecto.
En la exposición de motivos, los legisladores sostienen que el acceso a una vivienda digna constituye “uno de los pilares fundamentales para el desarrollo humano” y recuerdan que el Estado impulsa distintos programas de vivienda de interés social que promueven no solo soluciones habitacionales, sino también “la integración social, la solidaridad y el compromiso socio comunitario”.
Sin embargo, advierten que muchos de los beneficiarios mantienen al mismo tiempo un empleo formal, lo que genera dificultades para cumplir con ambas obligaciones. Según el documento, “la exigencia de cumplir con jornadas de trabajo formal y, a la vez, con las obligaciones inherentes a los programas de vivienda, genera un conflicto entre dos derechos constitucionales esenciales y fundamentales: el derecho al trabajo y el derecho a la vivienda”.
Los impulsores del proyecto entienden que esa situación obliga a numerosos trabajadores a elegir entre mantener su estabilidad laboral o avanzar en la construcción de su vivienda. Por eso, afirman que la iniciativa busca “armonizar y equilibrar ambos derechos”, mediante un régimen de jornadas remuneradas que permita cumplir con las exigencias de los programas “sin ver comprometida su relación laboral”.
El texto aclara, además, que la propuesta “no pretende generar una carga desproporcionada para los empleadores ni alterar la organización empresarial”, sino que se enmarca en el “principio de responsabilidad social empresarial”. Agrega que el régimen es acotado, exige acreditaciones formales y limita la cantidad de jornales mensuales para garantizar “proporcionalidad y razonabilidad”.
En la fundamentación también se señala que la intención es cubrir aproximadamente el 20% de las horas mensuales que suelen requerir los programas de ayuda mutua, los cuales demandan unas 80 horas de trabajo por familia cada mes. En ese sentido, los legisladores sostienen que la ley brindaría “la tranquilidad jurídica necesaria para avanzar en la construcción de su vivienda/hogar sin poner en riesgo su sustento económico”.
Asimismo, destacan que la iniciativa incorpora una perspectiva de género al considerar especialmente la situación de las mujeres trabajadoras y jefas de hogar. Según la exposición de motivos, garantizar que puedan acceder a una vivienda “sin que ello implique resignar su estabilidad laboral constituye un paso significativo y coherente con el principio de justicia social”.
Como fundamento adicional, el proyecto estima que actualmente participan de programas públicos de construcción por ayuda mutua o autoconstrucción alrededor de 30.000 personas, entre cooperativas, Mevir, Plan Avanzar, Plan Juntos y otras modalidades. De acuerdo con el documento, esas personas trabajan en la construcción de unas 12.000 soluciones habitacionales, cuyo impacto social supera las 40.000 personas beneficiarias directas.





