Los viajeros que aborden un vuelo internacional rumbo a Estados Unidos deberán firmar una declaración sobre sus antecedentes recientes de viaje a partir del 3 de noviembre de 2026, a las 23:59, hora del este estadounidense. La exigencia, aprobada por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), se aplica a los vuelos que despeguen desde el exterior con destino a ese país desde ese momento.
La persona debe confirmar que no estuvo en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al embarque. La regla alcanza a todos los pasajeros, sin distinción de nacionalidad, incluso si Estados Unidos es únicamente una escala. Una modificación publicada el 28 de octubre aclaró que también alcanza a los tripulantes en las condiciones previstas en la orden.
Cómo se completa y quién debe pedirla
Las aerolíneas tienen que obtener y conservar la declaración, verificarla antes de autorizar el embarque y guardar una copia al menos 42 días después de la llegada. Los CDC aceptan formularios en papel, firmas digitales autenticadas o mecanismos electrónicos de confirmación; por eso el procedimiento concreto puede variar según la compañía aérea.
Las instrucciones recomiendan integrarla al check-in o al embarque en el último aeropuerto extranjero desde el que parte el vuelo a Estados Unidos. El sitio oficial de los CDC ofrece un PDF que puede completarse, pero la responsabilidad operativa de obtener el documento corresponde a la aerolínea. Si el pasajero no presenta la declaración y no tiene una exención oficial, la compañía debe impedirle abordar.
Qué tienen que tener presente los uruguayos
Para quienes parten de Montevideo, Buenos Aires, São Paulo, Lima u otra ciudad rumbo a Estados Unidos, lo determinante es la hora de salida del vuelo internacional que ingresa a ese país, no solamente el día en que compraron el pasaje. Los vuelos anteriores a la hora de entrada en vigor no quedan alcanzados por esta nueva obligación. Quienes viajen después deberán seguir las indicaciones de su compañía, incluso cuando no hayan visitado África.
El requisito forma parte de la respuesta sanitaria al brote de ébola en la República Democrática del Congo. No sustituye otras restricciones de ingreso que Estados Unidos estableció anteriormente para determinadas personas con antecedentes de viaje a zonas afectadas. Antes de volar, conviene consultar la información de la aerolínea y la página oficial de los CDC para comprobar si hay modificaciones.
Comentarios
Los comentarios pasan por una revisión automática. No se publican insultos ni contenido grotesco.
Cargando…