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¿Cuándo vence el plazo para presentar la declaración jurada de IRPF 2026 y qué pasa si no se hace en fecha?

·Ismael Suárez
Fachada del edificio sede de la Dirección General Impositiva (DGI), sobre la Av. Fernández Crespo, en el barrio Cordón.

Fachada del edificio sede de la Dirección General Impositiva (DGI), sobre la Av. Fernández Crespo, en el barrio Cordón. · Imagen: El País · Ver original

Los contribuyentes que tienen la obligación de presentar una declaración jurada de IRPF 2026 ya pueden realizar el trámite en línea ante la Dirección General Impositiva (DGI), que a su vez comunicó cuándo finaliza el plazo y ofreció recursos para facilitar el proceso de la gestión. A través de la declaración, los trabajadores podrán descubrir si les toca cobrar un crédito o si, en cambio, tienen que abonar un monto al Estado.

El inicio del plazo para presentar la declaración jurada fue el 29 de junio, y hay tiempo hasta el 31 de agosto para completar ese requisito. Los contribuyentes comprendidos pueden acceder a su formulario en línea y ver sus datos precargados. De ahí en adelante, podrán verificar o modificar la información en base a sus ingresos en el año 2025.

Según comunicó la DGI, la multa por presentar una declaración jurada fuera de plazo es de $ 910 por cada declaración jurada.

Para contribuyentes sin actividad comprendida en el período declarado, por cada declaración jurada, la multa es de $ 910, con un máximo de $ 2.730 para el caso que en cada acto se presente más de una declaración jurada, en las condiciones mencionadas, por parte del contribuyente.

La DGI especificó a través de una comunicación oficial que las personas que tienen que presentar declaración jurada de IRPF son los trabajadores dependientes que se encuentran en las siguientes situaciones:

La entidad tributaria indica que la categoría de multi ingreso también incluye a los trabajadores de la construcción, salud y educación, entre otros.

Si estos contribuyentes optan por declarar de forma individual, el formulario a presentar es el 1102. De hacer la declaración como núcleo familiar, corresponde presentar con el formulario 1103.

En cuanto a los trabajadores independientes, la DGI informó que deberán presentar la declaración jurada de IRPF los trabajadores profesionales y no profesionales que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el año 2025 y no hayan tributado IRAE por esas rentas. A estas personas les corresponde presentar el formulario 1102 si declaran de forma individual, y el formulario 1103 si declaran como núcleo familiar.

La DGI agrega que también deberán presentar el formulario 1302 para declarar el IVA servicios personales, salvo que en su declaración del IRPF no hayan declarado este tipo de rentas.

También se comunicaron especificaciones para las personas que obtuvieron rentas de capital. Bajo esta situación, deben presentar una declaración los contribuyentes que en 2025 obtuvieron ingresos provenientes de rentas de capital (intereses, incrementos patrimoniales, etc.) que no fueron objeto de retención. La declaración correspondiente para rentas de capital es el formulario 1101.

Según la DGI, los trabajadores dependientes podrán confirmar o modificar los datos precargados en su cuenta, mientras que los independientes deben completar los ingresos y verificar pagos y retenciones por su actividad independiente. El organismo público compartió en su página web cuáles son los pasos a dar para presentar una declaración jurada de IRPF en 2026:

Los contribuyentes que esperen una devolución de IRPF con origen en la declaración jurada podrán cobrar su crédito, si corresponde, a partir del 28 de julio. Los cobros se pueden efectuar mediante bancos o redes de cobranza, siempre y cuando la declaración jurada se haya presentado antes del 15 de ese mes. DGI indica que, en caso de que se presenten después del 15, esos contribuyentes cobrarán en agosto.

Para consultar el monto y el estado de la devolución, los usuarios deben ingresar con identidad digital al servicio en línea de DGI "consulta de devoluciones".

Otra manera de consultar es a través del WhatsApp al 098134400 o la app de DGI.

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