El Banco de Previsión Social realizará en 2026 la devolución de los excedentes de aportes personales al Fondo Nacional de Salud correspondientes a 2025. El organismo ya actualizó los ingresos de referencia y explicó el mecanismo de cálculo, pero todavía no habilitó la consulta individual ni anunció la fecha de comienzo de los pagos. Por eso, en esta etapa es posible saber quiénes podrían estar comprendidos y cómo se forma el monto, pero no confirmar todavía cuánto cobrará cada persona.

Según el BPS, podrán tener devolución los trabajadores cuyo ingreso promedio mensual nominal durante 2025 haya sido superior a $122.629. Para jubilados y pensionistas, la referencia es un promedio mensual nominal superior a $132.848. Superar esos valores no garantiza recibir dinero: la devolución existe solamente cuando los aportes personales efectivamente realizados superan el tope anual que corresponde a la situación de cada beneficiario.

Quiénes pueden estar comprendidos

El cálculo incluye aportes personales al Fonasa efectuados por trabajadores dependientes, trabajadores no dependientes —como titulares de empresas unipersonales y prestadores de servicios personales—, jubilados y pensionistas. Las tasas de aporte no son iguales para todos: varían según el nivel de ingresos y la cobertura familiar atribuida por la persona.

Los montos de $122.629 y $132.848 funcionan como referencias de ingreso a partir de las cuales puede aparecer una devolución, no como una frontera automática. Dos trabajadores con el mismo sueldo pueden obtener resultados diferentes si sus tasas de aporte, meses de cobertura o personas amparadas son distintos. También puede ocurrir que alguien supere el ingreso informado y no tenga excedente, porque sus aportes no rebasaron su tope anual personalizado.

La devolución que se pagará en 2026 corresponde exclusivamente al ejercicio 2025. No debe confundirse con aportes generados durante 2026 ni con devoluciones de IRPF administradas por la Dirección General Impositiva. El BPS compara los aportes personales al Fonasa del año anterior y liquida, cuando corresponde, la diferencia respecto del límite aplicable.

Cómo calcula el BPS el excedente

El procedimiento parte de dos cantidades. Primero se suman los aportes personales al Fonasa realizados entre enero y diciembre de 2025. Después se determina el tope anual individual. Si los aportes fueron mayores que ese tope, la diferencia genera una devolución antes de las retenciones que correspondan.

El tope se construye a partir del Costo Promedio Equivalente mensual —CPE— del beneficiario y de las personas a las que atribuye cobertura, incrementado en 25%. Entre los amparos considerados están menores de edad, mayores con discapacidad y cónyuge o concubino. Solamente se computan los meses de 2025 durante los cuales la persona tuvo la condición de beneficiaria.

Cuando un menor o una persona mayor con discapacidad recibe cobertura atribuida por más de un generante, el CPE correspondiente se distribuye en partes iguales entre quienes le brindan el amparo dentro del Sistema Nacional Integrado de Salud. Esta regla es una de las razones por las que no alcanza con multiplicar el sueldo por una tasa general para anticipar con precisión la devolución.

Por qué el importe puede ser menor que el excedente calculado

El BPS retiene IRPF a las personas alcanzadas por ese impuesto. La explicación oficial es que los aportes personales al Fonasa que ahora se devuelven ya habían sido utilizados como deducciones al determinar el IRPF. Para ejercicios desde 2016, la retención indicada por el organismo es de 8%.

En consecuencia, el excedente bruto no necesariamente coincide con el dinero que llegará a la cuenta o quedará disponible para cobrar. El recibo individual deberá mostrar la liquidación y las retenciones aplicadas. Sin acceso a ese detalle, no es prudente estimar el monto neto únicamente con los ingresos mensuales.

Cuándo y dónde se podrá consultar

La página oficial de consulta del BPS muestra actualmente el mensaje “Próximamente” para la devolución del ejercicio 2025. Al 21 de agosto, el organismo no había comunicado la fecha de habilitación de los montos ni el inicio del calendario de pagos. En años anteriores los pagos se realizaron habitualmente en setiembre, pero ese antecedente no sustituye un anuncio oficial para 2026.

Cuando el servicio quede habilitado, quienes tengan Usuario personal BPS podrán ingresar a “Consultar detalle de devolución Fonasa” para ver el importe y el cálculo. El BPS también prevé enviar anticipadamente por correo electrónico el recibo a los usuarios registrados.

Las personas sin Usuario personal podrán consultar si están comprendidas por la web, mediante el teléfono 0800 2016 o por el WhatsApp Fonasa 092 366 272. Conviene ingresar escribiendo directamente la dirección oficial del BPS y evitar enlaces recibidos por mensajes no solicitados, especialmente porque la campaña todavía no comenzó y puede ser utilizada para intentos de fraude.

El cambio del CPE no reduce esta devolución

A fines de 2025 el Poder Ejecutivo modificó la metodología utilizada para determinar el Costo Promedio Equivalente. Ese cambio elevó el valor de referencia y puede reducir futuras devoluciones, porque aumenta el tope contra el que se comparan los aportes. Sin embargo, el Ministerio de Economía y Finanzas aclaró que la modificación no afecta el pago correspondiente a aportes de 2025.

El nuevo criterio comenzó a regir en 2026 y se reflejará por primera vez en la devolución que se realizará en 2027. Esta distinción temporal es central: la liquidación que el BPS prepara ahora conserva el régimen aplicado al ejercicio 2025. No corresponde descontar anticipadamente el nuevo CPE al estimar el cobro de este año.

Qué conviene revisar antes de la consulta

Los posibles beneficiarios pueden comprobar que su correo y datos de contacto estén actualizados en el BPS, disponer de su Usuario personal y revisar los aportes de 2025. También conviene verificar si hubo meses sin cobertura o cambios familiares, porque esos elementos intervienen en el tope individual.

La información firme hasta ahora es que el BPS devolverá los excedentes de 2025 y que publicó los ingresos mensuales de referencia. Falta la información decisiva para cada persona: si está comprendida, cuál es su monto neto y cuándo podrá cobrarlo. Hasta que el organismo habilite la consulta, cualquier calendario o cifra individual difundida por fuera de sus canales debe considerarse provisoria.