La jueza letrada de 6º turno de Maldonado, Gabriela Tuberosa, ordenó al exintendente de Maldonado Enrique Antía entregar al Instituto Nacional de Colonización la fracción 4D de la colonia Benito Nardone, conocida como campo El Sarandí. El fallo, de primera instancia, fue dictado el jueves y puede ser apelado.

La magistrada desestimó las excepciones planteadas por la defensa y mantuvo la intimación de entrega del inmueble dispuesta al inicio del proceso. Si no entrega la tierra, Colonización puede pedir apoyo policial para el desalojo o que se le aplique una multa por cada día de demora.

El origen del caso

Colonización le adjudicó a Antía campos cerca de Aiguá en la década de 1980, cuando era inspector de Conaprole, para desarrollar un tambo. Años después, el ente le permitió permutar esa fracción por la 4D de la misma colonia.

Una inspección técnica constató que Antía no cumplía los requisitos que la ley exige a los colonos: residir en el predio y trabajar directamente la tierra. Según la sentencia, el exintendente vivía en la ciudad de Maldonado, el campo no tenía vivienda y las tareas las hacían empleados de una sociedad agropecuaria familiar que explota unas 1.400 hectáreas.

"No encuadra en el perfil de colono que el INC debe priorizar según la ley, es decir, productores familiares o trabajadoras rurales con situaciones de contexto apremiante", señala el fallo. Colonización rescindió el contrato y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo rechazó el pedido de Antía para anular esa decisión.

Un proceso largo

El juicio por la entrega del campo tuvo traslados entre juzgados y estuvo archivado durante más de dos años, hasta que Colonización lo reactivó. Según fuentes del ente citadas por la prensa, desde el fallo del tribunal administrativo Antía se negaba a devolver el predio. La defensa del exintendente está a cargo del abogado Álvaro Villegas, actual secretario general de la Intendencia de Maldonado.

Los argumentos de Antía

Durante el proceso, Antía alegó que Colonización conocía su condición de funcionario público, por los cargos que ocupó desde edil hasta intendente, y que el cobro de una "renta diferencial" por no residir en el campo legitimaba su situación. El instituto respondió que esa renta "no significa renuncia" a su facultad de rescindir el contrato de forma unilateral, prevista en la ley de colonización.

Un informe técnico del instituto ya había constatado que Antía no vivía en el predio y que ningún familiar lo trabajaba.

Qué sigue

Resta saber si la defensa apelará el fallo y si Antía entregará el campo dentro del plazo. No se conoce hasta ahora una respuesta pública del exintendente.